Boletín Nº 162

27-02-2012


Tipo noticia

Las agencias de viajes denuncian que les impiden devolver el importe de los billetes no volados

Según Spanair y la Administración Concursal las agencias deben ingresar estos importes en una cuenta destinada a la masa concursal. La ACAV, (Asociación catalana de agencias de viaje) defiende que las agencias puedan devolver estas cantidades a sus clientes.

SpanairEl administrador concursal del caso Spanair ha notificado a las agencias de viajes que no pueden devolver a los clientes el importe de aquellos billetes de la compañía pagados y no volados. Actualmente las agencias tienen en su poder las cantidades correspondientes a las ventas en efectivo realizadas entre el 1 y el 28 de enero, pero no obstante la compañía y sus administradores concursales no han autorizado el reembolso de los billetes no volados emitidos durante estas fechas y han requerido a las agencias el ingreso de los importes correspondientes a esos billetes en una cuenta bancaria de la compañía aérea.

Las agencias necesitaban la previa autorización de Spanair para reembolsar estos billetes, pero hasta ahora no se ha conseguido. Desde el cese de operaciones de Spanair, la ACAV ha mantenido diferentes reuniones con los responsables de la compañía a fin de establecer los mecanismos de reembolso que habían de efectuar las agencias de viajes. De momento no se ha llegado a ningún acuerdo y en estos momentos la decisión ya está en manos del administrador concursal.

Desde la Asociación se insta a Spanair y la Administración Concursal a valorar la posibilidad de reembolsar estas cantidades a los viajeros, ya que en caso contrario iría en menoscabo de sus derechos. La Asociación considera “totalmente desproporcionada, excesiva e injusta la obligación impuesta por la administración concursal y la compañía aérea de pagar unos billetes que a día de hoy se sabe con total certeza que no serán volados por el cese de la compañía y su propio incumplimiento”.

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